¿Cuáles son los requisitos para ser docente en los grados A, B y C de la nueva FP?
La nueva Ley de Formación Profesional no afectará solo a los estudiantes sino también a docentes. Y es que si tenemos nuevas formaciones dentro del Sistema Educativo ¿Cuáles son los requisitos para ser docente de los nuevos grados A, B y C? ¿Es necesario pasar por un proceso de oposición? Sigue leyendo y descúbrelo.
¿Qué vas a aprender?
Requisitos para ser docente de certificados de profesionalidad (Los nuevos grados A, B y C)
Aunque en un primer momento el Ministerio estableció unos requisitos en su Real Decreto 659/2023, estos fueron modificados el pasado 9 de julio de 2024. El actual Real Decreto 658/2024 establece seis vías diferentes de acceso para poder impartir estas formaciones:
1. Certificado de Habilitación Docente (SSCE0110)
La primera vía de acceso es para aquellas personas que no tengan experiencia ni titulación docente pero que dispongan de un:
- Grado universitario, licenciatura o titulación equivalente que junto con el Certificado Habilitación para la Docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional podrán impartir la gran mayoría de formaciones.
- Titulación de Formación Profesional de técnico o técnico superior y el certificado anteriormente mencionado te permitirá impartir formaciones de tu misma especialidad formativa.
Ejemplo
Laura es graduada en Marketing y Relaciones Públicas. Trabaja por las mañanas en una agencia de Marketing Digital y le interesaría dedicar sus tardes a impartir certificados profesionales relacionados con su ámbito. ¿Qué tendría que hacer Laura?
Al ser graduada, Laura, únicamente tendría que sacarse el Certificado de Habilitación Docente que le permitirá impartir certificados de profesionalidad.
2. Figura del “Experto”
Podrán ser docentes aquellas personas con más de 4 años de experiencia en un campo específico junto con el certificado de Habilitación Docente en Grados A, B y C.
Esta medida busca permitir a profesionales, independientemente de sus requisitos educativos, impartir módulos y certificados en sus áreas de competencia. Esta experiencia siempre debe ser acreditable.
Ejemplo
Luis tiene una panadería y lleva más de 10 años siendo panadero. Le proponen impartir un certificado de panadería y pastelería en un centro formativo privado ¿Podría ser docente?
Si podría, ya que Luis actuaría en calidad de figura experta porque acumula 10 años de experiencia y la ley indica más de 4. Según establece la normativa, lo único que tendría que hacer es cursar el Certificado de Habilitación Docente.
3. Experiencia Docente
Aquellas personas que acrediten una experiencia docente de al menos 600 horas en los últimos 10 años en Formación Profesional para el Empleo o el Sistema Educativo. Debe ser acreditable, sino no tendrá validez.
Ejemplo
Juan lleva trabajando más de 6 de años en un centro de formación impartiendo formación bonificada. Su jefe le propone impartir, además, un certificado profesional ¿Podría?
Como tiene más de 600 horas como docente de Formación para el Empleo siempre y cuando Juan pueda acreditar su experiencia, puede impartir cualquier grado A, B y C.
4. Pedagogos, Psicopedagogos y Maestros
Quienes estén en posesión de estas titulaciones universitarias oficiales en cualquiera de sus especialidades. Incluidos los títulos de postgrados están habilitados. Sin necesidad de contar con el Certificado de Habilitación Docente como así les obligaba el Real Decreto 659/2023. Esta es la gran novedad que incorpora el nuevo Real Decreto aprobado por Educación el pasado 9 de julio.
Pedagogos, Psicopedagogos, Maestros, CAP, Máster del Profesorado vuelven a estar habilitados para impartir grados A, B y C. Así lo ha establecido el RD 658/2024 del 9 de julio de 2024.
5. Certificado de Aptitud Pedagógica y Máster de Profesorado
El Real Decreto también establece que están habilitadas aquellas personas que posean una titulación diferente a las indicadas en el anterior apartado pero que se encuentren en posesión del:
- Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP).
- Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (MAES).
- Cursos de Formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica.
Ejemplo
Francisco es licenciado en Administración y Dirección de empresas, cuenta con el Máster de Profesorado, y lleva siete años impartiendo certificados de profesionalidad en un centro de formación privado. ¿Podrá seguir siendo docente de certificados de profesionalidad?
Según establece el RD 658/2024 modifica lo dispuesto en el RD 659/2023, Francisco si podría, ya que cuenta con el Máster del Profesorado.
6. Profesores de Formación Profesional
Los docentes ya integrados en el Sistema Educativo podrán impartir grados A, B y C siempre que las formaciones pertenezcan a su misma especialidad formativa. Sin necesidad de obtener el Certificado de Habilitación Docente.
Ejemplo:
Juan es un profesor licenciado en informática que cuenta con el CAP. Ahora mismo está impartiendo un ciclo formativo de Grado Superior de Informática. ¿Podría seguir impartiendo este certificado de informática?
Si podría hacerlo porque además de pertenecer al Sistema Educativo, cuenta con el Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP).
Todas las comunidades autónomas deberán ajustar a sus reglamentos los nuevos requisitos establecidos por el Real Decreto 658/2024, para poder impartir los nuevos Grados de la Formación Profesional.
En resumen
El nuevo sistema de FP y el Certificado de Habilitación Docente abren nuevas puertas a docentes. Por un lado, a aquellas personas poseedoras de un título universitario o de técnico o técnico superior.
Así como aquellos profesionales con más de 4 años de experiencia en un ámbito laboral específico. Sin necesidad de contar con requisitos educativos previos. Poniendo en valor su experiencia.
Y por otro, tras la modificación del Real Decreto 659/2023 que exigía a todo el mundo el Certificado de Habilitación Docente. El Ministerio de Educación se retracta con el Real Decreto 658/2024 y cambia los requisitos para ser docente, habilitando directamente a:
- Profesores que estén dentro del sistema educativo.
- Titulados universitarios en Pedagogía, Psicología, Magisterio.
- Personas con experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos 10 años en Formación para el Empleo o el Sistema Educativo.
- Personas que posean el CAP o el MAES. Así como formación equivalente.
Por lo que, este certificado solo será exigible para aquellas personas que no tengan ni titulación ni experiencia en el ámbito docente. ¿Tienes alguna duda acerca de este cambio de requisitos? Coméntanos y te ayudamos.
6 Comments
Hola! soy tecnicos superior en imagen para el diagnóstico y tecnico superior en radioterapia con mas 4 años de experiencia .
¿podría dar clases de fp en este ámbito?
Sí, podrías impartir cualquier Grado A, B y C. También podrías impartir grados D en algunos casos contando con experiencia como docente.
¡Un saludo!
Si tengo una duda, los que obtuvimos el certificado de profesionalidad (Docencia de la Formación Profesional para el Empleo) seguimos estando activos, es decir no se necesita convalidad o solicitar el nuevo certificado de Habilitación….
Buenos días Jose Antonio, en tu caso no habría problema ya que se trata de un cambio de nombre a la titulación por parte de la administración pública pero se trata de la misma formación, comparten código y tiene los mismos módulos formativos. Son equivalentes.
¡Un saludo!
Buenos días,
Soy mecánico y tengo certificados de profesionalidad nivel 2 y nivel 3, si me saco la Habilitación Docente para grado A,B,C, ¿podría ser profesor del grado de Mecánica de un instituto público?.
Un Saludo
Buenos días Mario, depende del grado de formación profesional que quieras impartir. Grados A, B y C podrías sin problema pero los grados D, que son los equivalentes a los ciclos formativos de grado medio y superior no podrías. Para el resto de grados si podrías ser docente tanto en centros públicos como privados.
¡Un saludo!