¿Qué cambios introduce la nueva ley de Formación Profesional?
Con el verano de por medio, la nueva ley de Formación Profesional ya es un hecho. El próximo mes de septiembre la FP iniciará con todos los cambios introducidos por la Ley Orgánica 3/2022.
Muchas son las dudas acerca de este nuevo sistema y de todos los nuevos cambios que introduce la ley. Que desde que fuese aprobada en 2022 ha sido rectificada por el Ministerio de Educación en varias ocasiones, la última modificación hace apenas unos días.
En este artículo vamos a explicaros el porqué de esta ley, así como los principales cambios que va a sufrir el sistema.
¿Qué vas a aprender?
¿Qué es la nueva ley de Formación Profesional?
Esta normativa aprobada en marzo de 2022 nace con los objetivos principales de:
- Reducir el desempleo juvenil.
- Abordar la falta de personal formado a nivel medio de cualificación, es decir, graduados en FP o en certificados de profesionalidad.
Por ello proponen un Nuevo Sistema de Formación Profesional unificado que sea acumulable, acreditable, flexible, pero sobre todo, accesible.
¿Cuáles son los principales cambios que introduce la ley Orgánica 3/2022 de la Formación Profesional?
Esta pregunta te la podríamos resumir en dos aspectos fundamentales:
Unificación de sistemas
Con la antigua Ley Orgánica 5/2002, la Formación Profesional estaba dividida en dos subsistemas desconectados entre sí:
- Por un lado, la Formación Profesional para el Empleo, dependiente del Ministerio de Trabajo
- Por otro lado, la Formación Profesional Reglada (Sistema Educativo) dependiente del Ministerio de Educación.
Con la nueva Ley Orgánica 3/2022, se ha creado un único sistema de Formación Profesional que define un sistema único de FP. Además, las competencias que antes recaían sobre dos organismos diferentes, se unifican en el Ministerio de Educación.
La nueva F.P. tendrá una estructura organizativa única compuesta por 5 grados (A, B, C, D y E).
Dualidad
Aparece la nueva FP Dual que compaginará de manera simultanea en sus grados C, D y E la formación y el empleo, desapareciendo lo que coloquialmente conocíamos como prácticas en empresas. Además, este sistema Dual podrá acogerse a dos regímenes de enseñanza diferentes: FP Dual General y la FP Dual Intensiva. Ambos con unas condiciones de prácticas diferentes.
¿Cuándo entra en vigor la nueva ley FP 2024?
Otra de las grandes preguntas es: ¿Este cambio cuándo se va a materializar? Pues ya te informamos que en muy poquitos meses todas las disposiciones de la normativa deben estar poniéndose en marcha.
En el nuevo curso 2024/2025, tendrán que estar operativas todas las disposiciones de la Nueva Ley de Formación Profesional
Aunque esta ley está en vigor desde marzo de 2022, como las competencias educativas están transferidas a las comunidades autónomas, estas todavía deben elaborar sus propias leyes y reglamentos necesarios para su correcta aplicación. ¿Pero qué fecha límite tienen las comunidades autónomas? El Real Decreto 659/2023 ha establecido como fecha máxima el 1 de enero de 2025. Por lo que, en el nuevo curso 2024/2025, tendrán que estar operativas todas las disposiciones de la nueva Ley de Formación Profesional.
¿Qué son los grados A, B, C, D y E de la nueva FP?
Ya que el principal objetivo de esta ley persigue abordar la falta de niveles medios de formación en España. Para dar en la diana, la Ley Orgánica 3/2022 propone un modelo formativo progresivo que unifica la Formación Profesional Reglada, dividida en Ciclos Formativos de grado básico, medio y superior, y la Formación Profesional para el Empleo, subdividida en Certificados de Profesionalidad: Certificado de Profesionalidad de nivel 1, nivel 2 y nivel 3.
Por ello, la Nueva Formación Profesional está compuesta por un itinerario formativo ascendente de forma escalonada dividido en cinco grados: A, B, C, D y E.
Grado A: Acreditación parcial de competencias
En el primer escalón de la escalera de la nueva FP, nos encontramos con el grado A. Compuesto por un abanico de micro formaciones que conducen a la obtención de una acreditación parcial. La gran ventaja de estas formaciones es que no se tendrán en cuenta requisitos académicos para su acceso
Grado B: Acreditación de competencias
Si seguimos escalando, en el segundo escalón nos encontramos el Grado B que conduce a la obtención de un Certificado de Competencias. Este certificado puede obtenerse al completar este nivel de formación o al acumular acreditaciones parciales de competencias (Grado A). Para acceder a un grado B, tampoco se requiere un nivel académico previo.
Grado C: Certificado Profesional
En mitad de la escalera, nos encontramos los grados C. Este es el primero de los grados de la nueva FP dual. El Grado C conduce a la obtención de un Certificado de Profesionalidad. Se podrá obtener por la superación de esta formación o por la acumulación de Certificados de Competencias de Grado B.
Grado D: Ciclos Formativos
Ya casi llegamos a la cima de la escalera del nuevo Sistema de Formación Profesional. En el penúltimo escalón, el grado D, que se corresponde con los Ciclos Formativos de la antigua Formación Profesional Reglada: Ciclo básico, medio y superior. La duración de los ciclos formativos varía entre 2 y 3 cursos académicos y se desarrollarán en modalidad dual, incluyendo obligatoriamente una fase de formación en empresa.
Grado E: Cursos de especialización
El grado final de la Nueva FP es el E, compuesto por cursos de especialización diseñados para complementar habilidades:
- Quienes superen un curso de especialización de Formación Profesional de grado medio obtendrán el título de Especialista.
- Quienes superen un curso de especialización de Formación Profesional de grado superior obtendrán el título de Máster de Formación Profesional.
Tendrán una duración de entre 300 y 800 horas, e incluirá una fase práctica dual.
Nuevos requisitos para ser docente
Los requisitos para ser docente de Formación Profesional, más específicamente de los grados A, B y C, han sufrido varias modificaciones desde la aprobación de la Ley Orgánica 3/2022:
En un primer momento el Ministerio de Educación en su Real Decreto 659/2023 solicito a los docentes la obligación de obtener el Certificado de Habilitación Docente (SSCE0110) para poder impartir estas formaciones. Pero este requisito ha sido rectificado y modificado el pasado 11 de julio de 2024.
El Ministerio de Educación modifica los requisitos para ser docente de Formación Profesional el pasado 11 de julio de 2024 en su Real Decreto 658/2024.
El Real Decreto 658/2024 ha eximido de esta obligación a aquellas personas que:
- Posean titulaciones universitarias oficiales en Pedagogía, Psicología y Magisterio.
- Personas que se encuentren en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) o títulos de especialización didáctica.
- Aquellos que tengan el Master de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
- Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos 10 años en Formación Profesional para el empleo o del Sistema Educativo.
Todos los demás perfiles que no cumplan alguno de los requisitos anteriormente mencionados, además de un título universitario o de ciclo formativo, deberán contar obligatoriamente con el Certificado Profesional de Habilitación Docente.