La Formación Profesional Dual: Nuevo reto para las empresas
La nueva normativa de la Formación Profesional Dual llama a la puerta de miles de empresarios que acogen alumnos en formación. Pero si aun no te has enterado del cambio normativo, te informamos que la nueva FP Dual combinará de manera simultanea la formación en el centro y en la empresa. Lo que supondrá una mayor implicación por parte de la empresa.
Pero para poneros en contexto, la oferta formativa de Formación profesional incluye un total de 588 certificados profesionales y 177 ciclos formativos. A partir de ahora, todos los alumnos de estas formaciones deberán realizar la formación de manera dual.
Como empresario te plantearás como la nueva formación profesional dual te va a afectar. Te resolvemos todas tus dudas en el siguiente post.
¿Qué vas a aprender?
¿Cuáles son las nuevas responsabilidades que asumirán las empresas que acojan alumnos de FP Dual?
La nueva normativa obligará a las empresas a asumir nuevas obligaciones que garanticen la efectividad de la implantación de la dualidad. Por ello, la ley propone que las empresas participen activamente en la formación del alumno de la siguiente manera:
Plan de formación
A partir de ahora la empresa deberán colaborar conjuntamente con el equipo docente para realizar el plan de formación. ¿Pero te preguntarás que es realmente este plan? ¿Qué debe recogerse en él?
Muy sencillo. En dicho plan se han de recoger los objetivos de aprendizaje que aprenderá el alumno. Por un lado, en el centro educativo, y por otro en la empresa. Así como el porcentaje de horas que pasará en cada espacio.
Igualmente, se deberá incluir un sistema de evaluación que permita a los tutores evaluar si el alumno ha cumplido sus objetivos de aprendizaje.
Es necesario que las empresas estén presentes en esta fase, para garantizar que la formación en el centro de trabajo este alineada con los objetivos de aprendizaje de la formación.
Instructor laboral
La empresa deberá nombrar un instructor laboral que se encargue de la buena ejecución y desarrollo de la formación del alumno en la empresa.
El instructor laboral será el responsable directo del alumnado en la empresa y deberá actuar conjuntamente con el tutor del centro educativo.
Junto a éste, debe identificar y evaluar los resultados de aprendizaje que se desarrollarán en el plan de formación. De ese modo, se garantiza que la ejecución del plan de formación vaya según lo previsto, realizando un informe final donde se valorará la adquisición de los resultados de aprendizaje.
Las empresas deben escoger, en la medida de lo posible, como tutor a profesionales con competencias técnicas y conocimientos pedagógicos y por supuesto, disponibilidad horaria suficiente.
Remuneración de las prácticas
Es importante diferenciar entre los dos regímenes que articulan la Formación Profesional Dual: General o Intensiva.
- En el marco de la FP Dual General, no es obligatorio percibir ningún tipo de remuneración. Aunque si la empresa quisiera, podría bonificar al alumno.
- En el régimen Intensivo, sí es obligatoria y se formaliza mediante un Contrato de Formación en Alternancia. La remuneración seguirá el convenio colectivo aplicable, con un mínimo del 60% del salario en el primer año y del 75% en el segundo, siempre en relación al trabajo efectivo.
En ningún caso, la retribución será inferior al SMI proporcional al tiempo trabajado. Esto asegura una compensación justa para todos los alumnos en prácticas.
Las empresas no estarán obligadas a formalizar el contrato de Formación en Alternancia con los alumnos hasta enero de 2029. Pero financiarán un Beca Formativa.
No serán obligatorios ni el contrato ni la remuneración hasta el próximo año 2029. Sin embargo, se establecerá una beca formativa para el alumno, financiada por el empresario, en acuerdo con el centro educativo.
¿Tendrán que gestionar las altas y las cotizaciones en la seguridad social de los estudiantes de formación profesional?
La respuesta es muy clara, si. Serán las empresas las que se encarguen de gestionar tanto las altas y bajas como las cotizaciones de los alumnos. Siempre y cuando no lleguen a un acuerdo con el centro de Educativo. Pero habrá que diferenciar entre prácticas remuneradas y no remuneradas.
- En las prácticas formativas no remuneradas será la empresa quien cumpla con las obligaciones en materia de Seguridad Social. A no ser que exista un convenio en el que se indique que la responsable será la entidad formadora. Además, desde el 1 de enero de 2024, todos los alumnos cotizarán un máximo mensual de 68,14€.
- En el caso de prácticas formativas remuneradas las obligaciones en materia de Seguridad Social corresponderá siempre al empresario. La cuota de cotización estará sujeta al convenio colectivo.
Hay que tener en cuenta que al comunicar a TGSS las altas y bajas que correspondan al inicio y a la finalización de las prácticas, las empresas tendrán un plazo máximo de 10 días.
¿Qué beneficios recibe el empresario por participar en la Formación Profesional Dual?
Los empresarios tendrán una serie de ventajas fiscales derivadas del contrato de Formación en Alternancia. Siempre y cuando:
- La empresa no tenga deudas con Hacienda y Seguridad Social
- La empresa no haya sido sancionada sin la aplicación de beneficios
- La persona contratada debe estar inscrita en el paro. Igualmente, no debe provenir de un contrato indefinido en los últimos 3 meses.
Si la empresa cumple todos estos requisitos tendrá derecho a aplicar las siguientes bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social que en 2024 asciende hasta los 180,54€:
- Una reducción de hasta 119 euros sobre la cuota fija de los seguros sociales.
- A esto se le sumaría la cuantía por tutorización: 60–80 euros.
Al aplicar las bonificaciones, los costos de los seguros sociales de la empresa prácticamente se verían cubiertos. El único cargo a considerar sería el MEI, que ascendería a 9,26€ en 2024.
Hay que tener en cuenta, que en caso que la empresa, quiera que el alumno cotice por encima de la base mínima, estas bonificaciones se les descontaría y solo tendría que pagar la diferencia.
Además, aquellos empresarios que transformen contratos de formación en indefinidos tendrán reducción en cuota a la Seguridad Social. La reducción será de 1.500 euros/año durante tres años. En el caso de las mujeres, la reducción será de 1.800 euros/año durante tres años. Sin importar cuando inicio el contrato.
En resumen
La nueva normativa de FP Dual trae consigo más responsabilidades para las empresas, pero también ventajas interesantes. Por un lado, cuando aceptas estudiantes en formación, estás formando posibles futuros empleados que ya están familiarizados con cómo funciona tu empresa. Además, en términos de seguridad social y fiscal, la normativa ofrece beneficios bastante buenos que ayudan a la posterior inserción del alumno en la empresa.
Si eres empresario y tienes alguna duda te invitamos a que comentes en nuestro post y estaremos encantados de ayudarte.