La nueva tarifa plana para autónomos que no todos conocen
Mientras uno desayuna en una cafetería (y tiene buen oído) se entera de casi todas las conversaciones que el camarero tiene con el resto. No es que seamos unos cotillas pero es que sale solo.
Si uno atiende se da cuenta de los verdaderos problemas de los autónomos, esos empresarios sacrificados que todos los días, todos los meses y año tras año se pelean para que le cuadren las cuentas y puedan pagar sus impuestos. Al hilo de este tema, justamente leí el otro día en una noticia que en 2018, este colectivo tendrá (y tiene) una pequeña ayuda fiscal.
Acompáñame y te la cuento:
Deducciones en las cuotas de los autónomos
No voy a entrar en detalles y cambios de leyes ni nada de ese estilo, porque para eso ya está el BOE y otros organismos. Lo más relevante de este nuevo cambio es que se va a extender en el tiempo la reducción de cuota que pagan los autónomos que inicien una actividad o la reanuden tras un tiempo.
¿Pagar menos durante más tiempo? ¡Me apunto!
¡Así es! Los requisitos para poder adquirir esta nueva tarifa es que los usuarios sean nuevas altas en el RETA (Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo) o que no hayan estado registrados durante los últimos dos años.
Por tanto, autónomos que ya se hubieran beneficiado de la antigua tarifa plana y quieran beneficiarse de la nueva y todos sus beneficios, tendrán que esperar 3 años. ¡Un sacrificio que vale la pena!
[bctt tweet=”Ahora sí, este es el empujoncito que necesitaba para crear mi propia empresa ¡Animaos! #autónomos #emprendedores #deducciones” username=””]
Tarifa plana para todos
Además si eres autónomo en Régimen Especial de Trabajadores del Mar, socio de sociedades laborales y de sociedades cooperativas en RETA también pueden beneficiarse de las bonificaciones que conlleva esta nueva ley.
Una gran diferencia con respecto a la ley anterior es que será compatible con la contratación de trabajadores por cuenta ajena.
¿Pero en qué consiste exactamente?
- En los 12 primeros meses desde que el autónomo se da de alta en Hacienda y en la Seguridad Social este tendrá que pagar 50 euros mensuales de cuota para la Seguridad Social.
- Desde el mes 13 al 18 se podrá aplicar una reducción de la cuota del 50%, independientemente de la base elegida por el empresario.
- Un caso excepcional es el de los empresarios con discapacidad reconocida o víctimas de violencia de género o terrorista, ya que esta reducción se amplía hasta los 48 meses.
- Por último, del mes 19 al 24, la reducción pasa a ser del 30%
Otra característica a destacar es que si el empresario es menor de 30 años (35 en caso de discapacidad reconocida) disfrutará también de una reducción del 30% en la cuota de contingencias comunes (para aquellas situaciones en que el empresario se da de baja por accidente o enfermedad y es asistido sanitariamente por el Sistema Nacional de Salud). Todo esto durante 12 meses a partir del segundo año (mes 25 al 36).
Por otro lado, si el autónomo se inscribe en otro día que no sea el primero del mes, la bonificación y los beneficios se aplican de forma proporcional.
Un empresario que esté inscrito en Garantía Juvenil y quiera adscribirse a esta tarifa plana no corresponderá reducciones, sino bonificaciones.
Otros aspectos a tener en cuenta
Una novedad importante que no ha tenido mucha difusión es que si antes el autónomo disponía de 3 días máximo para darse de alta en Seguridad Social después de haberlo hecho en Hacienda, ahora el plazo se reduce considerablemente. Ahora, el alta previa a iniciar la actividad debe de hacerse hasta 60 días naturales antes.
Las madres que sean autónomas y tengan que realizar una baja por maternidad ahora tendrán una bonificación del 100% en la cuota (es decir están exentas). La diferencia con respecto a la situación anterior es que ahora no está sujeto a que tengan que contratar un trabajador sustituto.
Una reducción en los impuestos va a suponer un antes y un después en la creación de empresas, yo me sumo a la ola.
Hay otras muchas más novedades tanto en el ámbito fiscal como laboral, que afectan al autónomo y a su actividad. Aquí te he explicado las más importantes y relevantes…¿Conoces alguna otra bonificación o ayuda a los autónomos? ¿Tienes alguna duda sobre las condiciones? Si tiene interés por formarte pásate por 080 Formación.
En la caja de comentarios de ahí abajo te dejo papel y lápiz… ¡Nos leemos!
Y ya sabes…
¡Compartir es educar, juntos lo conseguiremos!